INTRODUCCIÓN

Nuestro cliente el Señor Raúl Jara, posee una plantación de pinos de 16 mil Has, en la ciudad de Posadas, Provincia de Misiones, y pretende que su producción se comercializada al exterior, mas precisamente a Francia, donde se encuentra radicado su comprador.


De las 16 mil has. de pinos se obtuvo un total de 12.000 toneladas aptas para exportar.

Su producción se encuentra a 10 KM del Puerto de Posadas, este trayecto de 10 km debe realizarse por vía terrestre hasta el Puerto Misionero, donde desde allí podremos cargar dicha producción vía convoy (transporte fluvial), en tres barcazas, donde en cada una de ellas caben 4.000tn (200 teu), teniendo nuestro carga un total de 12.000tn hacia el puerto de Rosario, navegando por la Hidrovía Paraná- Paraguay.

En este trayecto por los riesgos de la expedición navegatoria se produce una rotura en el casco del buque remolcado y como consecuencia de ello, el capitán, como delegado de la autoridad pública, teniendo las facultades suficientes, decide arrojar 10 containers por la borda. (Acto de Avería Gruesa por Echazon).

Al llegar al puerto de Rosario, la producción será transportada en buque de ultramar hacia el puerto de destino en Francia.

Decidimos optar por la clausula (FAS) - Free alongside ship - Libre al costado del buque.

Dicha cláusula, nos otorga las ventajas de liberarnos de responsabilidades y costos, desde la puesta de la mercadería al costado del navío en el puerto de Rosario, donde a partir ese momentos el comprador será el responsable de que su mercadería llegue a buen puerto.

El motivo del escogimiento de la clausula FAS, se debe en primer lugar a que nuestro cliente no posee la infraestructura suficiente para industrializar su producción de pino, asi como también la inexperiencia en el rubro, al ser la primera vez que realiza la actividad exportadora.